martes, 30 de noviembre de 2010

RESOLUCIÓN de 01/10 2007

RESOLUCIÓN de 1 de octubre de 2007, de la Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental, por la que se somete a información pública la solicitud de autorización ambiental integrada presentada por Gestión y Explotación de Servicios Públicos Extremeños, S.A.U. (GESPESA) para el vertedero de residuos asociado al ecoparque de Villanueva de la Serena, ubicado en el término municipal de Villanueva de la Serena.

Para dar cumplimiento al artículo 16 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, se comunica al público en general que la solicitud de Autorización Ambiental Integrada presentada por Gestión y Explotación de Servicios Públicos Extremeños, S.A.U. (GESPESA) para el vertedero de residuos asociado al ecoparque de Villanueva de la Serena ubicado en el término municipal de Villanueva de la Serena, podrá ser examinada durante treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias de la Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental (DGECA), Avenida de Portugal, s/n., de Mérida.

Tal y como establece el artículo 3.h) de la Ley 16/2002 y el artículo 5 del Decreto 187/2007, de 20 de julio, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente, el órgano competente para otorgar la Autorización Ambiental Integrada es la Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura. Esta figura administrativa autoriza y condiciona el funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental y es anterior, excepto para instalaciones existentes, a la obtención de la licencia de actividad, que deberá conceder, en su caso, el Ayuntamiento correspondiente.


Los datos generales del proyecto son:
Categoría Ley 16/2002:

La actividad industrial que se desarrollará se encuadra en la categoría 5.4 del Anexo I de la Ley 16/2002, relativa a vertederos de todo tipo de residuos que reciban más de 10 toneladas por día o que tengan una capacidad total de más de 25.000 toneladas con exclusión de los vertederos de residuos inertes.


Descripción de la actividad:

Gestión y Explotación de Servicios Públicos Extremeños, S.A.U. (GESPESA) es el titular del Centro de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos de Villanueva de la Serena, en el cual se gestionarán los residuos sólidos urbanos de Villanueva de la Serena y alrededores. Dicha gestión se basa en el reciclado de las fracciones materialmente valorizables y en la eliminación en vertedero del rechazo de esa fase previa.

La actividad de eliminación de los rechazos no valorizables de los residuos sólidos urbanos se describe a continuación. Los rechazos son transportados a la celda de vertido del vertedero mediante camiones, la cual se encuentra impermeabilizada mediante capa de fieltro, capa drenante de 50 cm de espesor, geotextil antipunzonante de 235 g/m3, geomembrana de polietileno de alta densidad de 1,5 mm de espesor, barrera geológica de 1 m de espesor y permeabilidad de 10-9 m/s. Una vez en el vertedero descargan su contenido para que la compactadora reparta el material al tiempo que lo compacta. Diariamente, los residuos compactados son cubiertos con una capa de arena.


La celda de vertido cuenta asimismo con un sistema de recogida de los lixiviados de los residuos producidos como consecuencia de la lluvia o de las transformaciones físico-químicas que puedan sufrir los mismos. Estos lixiviados se bombean hacia una balsa de almacenamiento para, posteriormente, ser tratados mediante un sistema de evaporación.

Una vez finalizada la vida útil del vertedero, se procederá a su sellado definitivo, empleando para la impermeabilización superior los mismos materiales que en la impermeabilización de la base.

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